Conoce todo sobre las cesantías para vivienda y utilízalas sabiamente

Conoce todo sobre las cesantías para vivienda y utilízalas sabiamente

En 1945 se instauraron las cesantías en Colombia, una prestación social que tenía como propósito mitigar los riesgos financieros que vienen con el desempleo. A partir de ese momento, las cesantías han evolucionado y se han convertido en un ahorro que permite a las familias cumplir con ciertos objetivos financieros. Conoce todo lo que tienes que saber.

En 1945 se instauraron las cesantías en Colombia, una prestación social que tenía como propósito mitigar los riesgos financieros que vienen con el desempleo. A partir de ese momento, las cesantías han evolucionado y se han convertido en un ahorro que permite a las familias cumplir con ciertos objetivos financieros. Conoce todo lo que tienes que saber.

¿Qué son las cesantías?

Según Colfondos, las cesantías son una prestación social que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicional al salario ordinario. El monto equivale a un mes de salario por cada año trabajado.

Inicialmente, las cesantías eran consideradas un ahorro en caso de desempleo, pero, con el tiempo, se convirtieron en un ahorro que, además, permite alcanzar objetivos de vivienda y educación.

¿Cuándo se puede acceder a ellas?

Las cesantías se liquidan todos los años entre el 1ero de enero y el 31 de diciembre. Una vez liquidadas, se deben consignar al trabajador, a más tardar, el 14 de febrero del año siguiente. Si el empleado trabajó el año completo se le entregarán las cesantías e intereses proporcionales por el periodo trabajado

Es importante aclarar que deben ser consignadas a todo trabajador dependiente, es decir, que esté vinculado con un contrato de trabajo sin importar el tipo o la duración.

De igual manera, los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar y trabajadores por días y de tiempo parcial tienen derecho a las cesantías. Sin embargo, cuando el salario es integral o existe un contrato por prestación de servicios, no se tiene derecho a cesantías.

Teniendo esto en cuenta, existen dos modalidades de retiro:

  • Retiro parcial: cuando se retiran una parte de cesantías para adquisición, construcción y mejoras de vivienda o para pagos de educación propia, del cónyuge o hijos.
  • Retiro total: por terminación de contrato, prestación de servicio militar, cambio a salario integral, sustitución patronal o fallecimiento del afiliado.

¿Cuál es la cantidad que se otorga por las cesantías?

Como lo mencionamos al comienzo del artículo, equivalen a un mes de salario por cada año trabajado, pero, también, a este monto se le agregan los intereses, que corresponden al 12 % anual o el proporcional al periodo del año en que se realizó el ahorro.

La fórmula para calcular SIN intereses es: salario mensual por días trabajados entre 360.

La fórmula para calcular CON intereses es: días trabajados por 0.12 por salario laboral entre 360.

También se deben incluir los días de vacaciones, ya que se trata de un descanso remunerado en el que se conservan todos los beneficios laborales.

¿Dónde se deben consignar?

Las entidades encargadas de administrar las cesantías reciben el nombre de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías o AFP y tienen como objetivo gestionar los fondos de pensiones obligatorias, voluntarias y cesantías de los colombianos.

Cada una de ella ofrece características diferentes y dependerá del trabajador escoger la que más se adapte a sus necesidades.

Sin embargo, en caso de desvinculación con la empresa o inversión relacionada con vivienda, las cesantías podrán entregarse directamente al trabajador.

¿Cómo retirar las cesantías para vivienda?

Una vez se haya definido el uso de cesantías para vivienda, se debe hacer una carta de solicitud al departamento de personal de la empresa y presentar los siguientes documentos:

  1. Carta original donde se informa el uso de cesantías para vivienda. Si es para compra, el documento debe incluir:
  • Nombre claro y documento de identificación del empleador.
  • Valor autorizado y tipo de retiro parcial o total.
  • Nombres e identificación del beneficiario (puede ser un tercero o el mismo afiliado).
  • Nombrar lo dictado en el artículo 21 de la ley 1429 de 2010, donde el empleador recuerde su obligación de verificar y vigilar los retiros de la inversión de para adquisición de vivienda.
  • Promesa de compraventa firmada por el vendedor y el empleado. En ciertas ocasiones piden que la promesa sea autenticada, por lo que debes autenticarla en la notaría correspondiente.
  • Certificado de tradición y libertad de la propiedad en caso de que sea vivienda usada.
  • Fotocopia de la carta de aprobación del crédito, si se aplicó a uno.
  • Fotocopia de la cédula.
  1. Presentarse al fondo de cesantías con el documento de separación de vivienda y solicitar la inmovilización de estas. El propósito de inmovilizarlas es asegurar que el dinero será invertido en la propiedad y no para otros fines.

Cuando se destinan para remodelación o construcción de vivienda, los requisitos varían según la AFP seleccionada.

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Id. video de Youtube
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